Description
Las declaraciones responsables reguladas en este decreto deberán renovarse transcurridos 10 años desde la obtención de la primera ocupación, cuando concurra una de las siguientes circunstancias:
a) Cada vez que se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
b) Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad. No se considerará nuevo contrato de estos cuando el titular cambie de compañía suministradora.
Cuando se vayan a realizar reformas en la vivienda, no procede presentar la declaración responsable hasta que estas no hayan finalizado.
Qué incluye
– Gestión de la documentación solicitada por el Ayuntamiento al que pertenece la vivienda
– Presupuesto por parte del técnico acreditado
– Coordinar la visita del técnico al inmueble
Condiciones
Nos encargamos de realizar la gestión de documentación necesaria con el titular del inmueble. Una vez la tengamos nos pondremos en contacto con el arquitecto para coordinar la visita presencial del técnico con el propietario del inmueble.
Después de la toma de datos, el arquitecto comprobará cuál es el estado y si reúne los requisitos mínimos de habitabilidad requeridos para poder emitir el certificado. En caso favorable, éste realizará el Certificado Técnico de habitabilidad según normativa para la presentación telemática en el organismo competente y posterior entrega del Certificado.
El presupuesto del certificado técnico puede variar según la superficie del inmueble, en función del coste de las tasas, desplazamiento, etc. El coste estimado para viviendas de hasta 110 m2, es de 150€.
Contacta a través del formulario e indícanos los siguientes datos:
● Referencia catastral, Número de Finca o IDUFIR
● Dirección exacta de la vivienda
● Titular de la finca (nombre o denominación social y/o NIF)
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